Montse se hace eco de unas declaraciones vertidas en El Mundo por el profesor Rafael Navarro-Valls, catedrático de Derecho en la Universidad Complutense de Madrid y secretario general de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, en que analiza el dictamen del Consejo de Estado sobre el anteproyecto de ley del gobierno en materia de derecho a contraer matrimonio, y dice ser el primer comentario hecho con la ley en la mano.
Mucha gente se ha sorprendido por la postura expresada por el Consejo de Estado a este parecer, puesto que critica abiertamente al Gobierno por querer legislar sin atender a razón alguna. La posición jurisprudencial del Tribunal Constitucional y la del Tribunal supremo es clara desde hace ya muchos años [SSTC 184/1990, 29/1991, SSTS 11 de Diciembre de 1992, 18 de Mayo de 1992...], a saber
1.- Existe un derecho reconocido constitucionalmente al matrimonio entre hombre y mujer, que es el regulado en las normas civiles.
2.- No existe un derecho constitucionalmente reconocido al matrimonio entre personas del mismo sexo.
3.- El legislador, dentro de su libertad de decisión, y partiendo de la diferencia evidente de las situaciones de partida, puede legislar de manera diferente, puesto que no se quebraría en ningún momento el Principio de Igualdad reconocido en el artículo 14 CE.
4.-Pero no perdamos de vista que optar por una legislación distinta a la del matrimonio no implicaría necesariamente quedarse en el ámbito de la regulación de las uniones more uxorio, puesto que si el legislador quiere diferenciar
una nueva institución alejada tanto del matrimonio como de estas uniones, en su mano está el hacerlo, y siempre dentro del marco constitucional.
Que el ZGobierno decida legislar sobre la materia me parece perfecto. Pero las cosas hay que saber hacerlas, y cuando la práctica totalidad de las voces expertas en la materia desaconsejan seguir el camino de la equiparación por las buenas, por algo será. Una regulación hecha de cualquier forma, y sin haber estudiado las consecuencias a medio y largo plazo que va a tener, no sólo resultará ineficaz, sino que no contentará a los colectivos implicados, que se sentirán tratados con cierto desprecio porque la norma que debía alterar sus status quo jurídicos ha sido creada a lo como quiera, y no ha sido analizada con seriedad y calma, como aconseja el Consejo de Estado.